Los Memorandos de entendimiento son instrumentos de naturaleza exclusivamente política que se suscriben entre los órganos superiores y directivos de la Administración del Estado y entidades extranjeras.
Estos acuerdos no normativos no generan obligaciones jurídicas, sino compromisos políticos o extra-jurídicos, que sólo vinculan a los firmantes, sin comprometer al Estado en el plano internacional.
En el Memorando se exponen las materias en las que los firmantes quieren cooperar. A través de la Comisión de Seguimiento, que suele establecerse con posterioridad, se identifican los proyectos de interés mutuo.